¿Necesitas valorar tu patrimonio ganancial porque estás en proceso de divorcio, separación o nulidad? En la liquidación de la sociedad de gananciales es imprescindible llevar a cabo una tasación o valoración de los bienes gananciales actuales, para poder realizar la partición más justa y su posterior liquidación.
En la liquidación de gananciales es muy importante solicitar un informe de tasación realizado por un profesional con experiencia en el mercado local, que aportará un informe objetivo. Tendrás que contactar con diferentes profesionales dependiendo de los bienes a valorar.
En RT valoraciones encontrarás un equipo de profesionales para asesorarte en todas las áreas.
Conceptos básicos: bienes gananciales, régimen de gananciales y liquidación de la sociedad de gananciales
Antes de entrar de lleno en la liquidación de bienes gananciales, te explicamos unas nociones básicas sobre los bienes gananciales y los distintos regímenes del matrimonio.
¿Qué son bienes gananciales?
Los bienes gananciales son los bienes que pertenecen a los dos cónyuges en un matrimonio regido por el régimen económico matrimonial de gananciales.
La sociedad de gananciales empezará en el momento de la celebración del matrimonio, y se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por la mitad al disolverse la sociedad.
El régimen matrimonial o régimen económico matrimonial de gananciales, establece una comunidad formada por los bienes provenientes de las ganancias que cada uno de los cónyuges obtiene por separado, y de los rendimientos derivados del patrimonio ganancial y del propio patrimonio privativo de cada consorte.
A continuación te enumeramos los bienes gananciales más importantes:
- Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges.
- Los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.
- Los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, bien se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno solo de los esposos.
- Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.
- Las empresas y establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad por uno cualquiera de los cónyuges a expensas de los bienes comunes.
No obstante, para disponer de cualquier tipo de bien ganancial por parte de un cónyuge se requiere la aceptación del otro.
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¿Qué es el régimen de gananciales?
Al contraer matrimonio dos personas cambian su estado civil, lo que conlleva a una serie de cambios importantes en su regulación económica. Tras el matrimonio, el Código Civil español contempla la posibilidad de acogerse entre tres regímenes para su regulación económica: régimen de gananciales, separación de bienes y régimen de participación.
En el caso de que los cónyuges no se decantan por ninguno de las tres modalidades de régimen del matrimonio, se impone por defecto el régimen de gananciales, salvo en el caso de la Comunidad Valenciana, Baleares y Cataluña, en el que está estipulado en su derecho foral el régimen de separación de bienes en caso de no elegir ningún otro.
Destacar que la legislación vigente permite cambiar el régimen matrimonial elegido por otro que se desee en cualquier momento, pero para ello, debe existir un acuerdo entre los cónyuges y no se perjudique a terceras personas.
Por lo tanto, el régimen de gananciales es el más frecuente, y en él coexisten el patrimonio privativo y el patrimonio ganancial. Es el régimen más solidario y equitativo ya que, en una posible finalización del matrimonio se dividen los bienes en dos mitades iguales.
¿Qué es la liquidación de la sociedad de gananciales?
La liquidación de gananciales es uno de los procesos fundamentales a la hora de disolver un matrimonio, ya sea por la liquidación de bienes gananciales después de un divorcio o por cualquier otro motivo.
En la liquidación de gananciales hay realizar un conjunto de operaciones necesarias con las que se determine si existen bienes gananciales o no, y hay que llevar a cabo la valoración del patrimonio ganancial para realizar la partición y liquidación, y es en este punto donde se debe solicitar una tasación o valoración actual de los bienes. Por ejemplo, no será válido presentar para la liquidación de la sociedad de gananciales de la vivienda habitual, una tasación que se realizó en el momento de compra de la vivienda, ya que el precio ha podido variar.
Diferencias entre disolución de sociedad de gananciales y liquidación de gananciales
La disolución de gananciales es el primer paso para la liquidación del régimen económico matrimonial de la sociedad de gananciales, y puede venir por imperativo legal o por instancia de parte solicitada por uno de los cónyuges, en ambas opciones vienen predeterminados los casos para cada una de ellas, como anteriormente hemos citado.
La liquidación de gananciales viene tras la disolución, a partir de la cuál se elabora el inventario, se valoran los bienes, se realiza el pago de las deudas si las hubiese, y se realiza la partición y repartición de los bienes a partes iguales.
En RT valoraciones contamos con un equipo de profesionales dispuesto a asesorarte en lo que necesites.
Formas de efectuar la disolución de la sociedad de gananciales
La disolución de la sociedad de gananciales puede efectuarse por medio de dos formas: disolución de pleno derecho, o bien a instancia de parte o judicialmente.
Disolución de pleno derecho
De conformidad con el Código Civil la disolución de la sociedad concluirá de pleno derecho en los siguientes casos:
- Cuando se disuelva el matrimonio.
- Cuando sea declarado nulo.
- Cuando se acuerde la separación legal de los cónyuges.
- Cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevista en el Código Civil.
Disolución por decisión judicial a instancia de parte
También puede concluir la sociedad de gananciales por decisión judicial, a petición de uno de los cónyuges en alguno de los siguientes casos:
- Haber sido judicialmente incapacitado el otro cónyuge, entendiéndose incluidas todas las situaciones en las que jurídicamente dicho cónyuge no puede seguir participando e interviniendo en el régimen y en la comunidad de gananciales.
- Venir el otro cónyuge realizando por sí solo actos dispositivos o de gestión patrimonial que entrañen fraude, daño o peligro para los derechos del otro en la sociedad
- Llevar separado de hecho más de un año por acuerdo mutuo o por abandono del hogar.
- Incumplir grave y reiteradamente el deber de informar sobre la marcha y rendimientos de sus actividades económicas.
Proceso o fases de la liquidación de gananciales
Disuelta la sociedad se procederá a su liquidación, un proceso que comenzará por un inventario del activo y pasivo de la sociedad, es decir, de los bienes y las deudas que forman la comunidad de gananciales, la valoración o tasación de los bienes, seguirá con el pago de las posibles deudas, y por último, la división y adjudicación de los bienes gananciales.
Inventario
Se procederá a realizar un inventario del activo y pasivo de la sociedad de gananciales, valorando el patrimonio ganancial para su liquidación.
El activo lo formarán:
- Los bienes gananciales existentes en el momento de la disolución.
- El importe actualizado del valor que tenían los bienes al ser enajenados por negocio ilegal o fraudulento si no hubieran sido recuperados.
- El importe actualizado de las cantidades pagadas por la sociedad que fueran de cargo sólo de un cónyuge y en general las que constituyen créditos de la sociedad contra éste.
El pasivo estará integrado por las siguientes partidas:
- Las deudas pendientes a cargo de la sociedad de gananciales.
- El importe actualizado del valor de los bienes privativos cuando su restitución deba hacerse en metálico por haber sido gastados en interés de la sociedad. Igual regla se aplicará a los deterioros producidos en dichos bienes por su uso en beneficio de la sociedad.
- El importe actualizado de las cantidades que, habiendo sido pagadas por uno solo de los cónyuges, fueran de cargo de la sociedad y, en general, las que constituyan créditos de los cónyuges contra la sociedad.
Pago de las deudas
Una vez terminado el inventario y valoración del patrimonio se pagarán en primer lugar las deudas de la sociedad, comenzando por las alimenticias que tendrán preferencia.
Si el caudal inventariado no alcanza para pagar las deudas, los acreedores podrán adjudicarse los bienes o solicitar su venta para cobrar con el importe obtenido. Igualmente, en la liquidación de la sociedad, los acreedores tendrán los mismos derechos que le reconocen las Leyes en la partición y liquidación de las herencias.
Participación y adjudicación de los bienes gananciales
Pagadas las deudas y cargas de la sociedad, y hechas las deducciones que correspondan en el caudal inventariado, el remanente que quede constituirá el haber de la sociedad de gananciales, que se dividirá por mitad entre los cónyuges o sus respectivos herederos.
Si bien, en la división de lotes realizada, cada cónyuge tendrá derecho a que se incluya con preferencia en su lote (hasta donde alcance), los siguientes bienes:
- Los bienes de uso personal.
- La explotación económica que gestione.
- El local donde hubiese venido ejerciendo su profesión.
- En caso de muerte del otro cónyuge, la vivienda donde tuviese la residencia habitual.
¿Qué es la comunidad postganancial?
La sociedad postganancial se origina en el periodo intermedio que se da entre la disolución del matrimonio, bien sea por divorcio u otro motivo, y la liquidación de la sociedad de gananciales.
Al disolverse la sociedad surge una comunidad denominada postganancial, cuyo régimen económico legalmente aplicable no puede ser el de la sociedad de gananciales, sino el de conjunto de bienes en cotitularidad ordinaria, en la que cada cónyuge ostenta una cuota no concreta de los bienes del patrimonio ganancial.
La liquidación de gananciales y sus impuestos
Durante la vigencia de un matrimonio en el régimen de gananciales surgen copropiedades o bienes con titularidad de ambos cónyuges, que llegada la disolución de bienes gananciales se pueden extinguir.
Por ello, es importante la tasación o valoración de los bienes comunes para realizar una división óptima, de forma que un bien que pertenece a ambos quede en propiedad de uno solo de los cónyuges. Esta adjudicación de los bienes a los cónyuges tiene repercusiones de índole fiscal en diferentes tributos.
Estos son algunos impuestos que pueden afectar a la liquidación de la sociedad de gananciales, si bien, hay exenciones en dichos tributos:
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
- ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales)
- AJD (Impuesto de Actos Jurídicos)
- IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana)
- ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones)
Siempre que el reparto sea al 50% cuando se disuelve el condominio, no hay que pagar el ITP / AJD. No obstante, se considera que cuando un cónyuge compra al otro la parte de su vivienda y lo compensa económicamente, el que recibe el dinero obtiene un incremento del patrimonio por lo que debe tributar.
Si bien la liquidación de gananciales tiene un tratamiento fiscal favorable, hay que tener en cuenta que la división de los lotes de la sociedad sean exactamente iguales, por lo que es importante como cuadrar una liquidación de gananciales para que ninguno de los cónyuges salga favorecido y no haya exceso de adjudicación, por lo que habría que tributar.
La liquidación de bienes gananciales en un divorcio
A continuación te enumeramos las formas en las que se puede realizar la disolución de gananciales por divorcio:
- Se puede realizar la liquidación de la sociedad a través de un divorcio amistoso ante el notario, siempre y cuando no existan hijos pequeños.
- Otra forma de liquidar la sociedad es en un procedimiento judicial de divorcio utilizando la figura del convenio regulador, llegando a un acuerdo entre los cónyuges sobre los efectos personales y patrimoniales de su separación o divorcio.
- Si no hay un posible acuerdo entre los cónyuges para liquidar los bienes gananciales, se tendrá que recurrir a una demanda contenciosa.
En cualquier caso, en el divorcio y liquidación de gananciales es importantísimo saber el valor real de los bienes a repartir.
En RT Valoraciones tenemos un gran equipo de profesionales con experiencia contrastada a lo largo de los años, que aportará un informe objetivo en el proceso de liquidación de gananciales.
Aportación del informe judicial en el proceso de divorcio
Para la aportación del informe judicial en el proceso podemos optar por dos opciones:
Aportación particular
Podemos optar por la aportación particular del informe de peritación judicial o también llamado informe de tasación, con el objeto de proporcionar elementos probatorios y de fuerza en el proceso judicial.
Estos informes pueden ser aportados por cada una de las partes, o si están de acuerdo ambas partes un único informe, ya que es totalmente imparcial y objetivo.
Con esta opción ganaremos en tiempo y coste.
Designación judicial
La designación judicial se realiza previa solicitud de una de las partes del procedimiento, y el perito es designado por el juez. El inconveniente es el tiempo de demora.
Contenidos de la página
- 1 Conceptos básicos: bienes gananciales, régimen de gananciales y liquidación de la sociedad de gananciales
- 2 Diferencias entre disolución de sociedad de gananciales y liquidación de gananciales
- 3 Formas de efectuar la disolución de la sociedad de gananciales
- 4 Proceso o fases de la liquidación de gananciales
- 5 ¿Qué es la comunidad postganancial?
- 6 La liquidación de gananciales y sus impuestos
- 7 La liquidación de bienes gananciales en un divorcio
- 8 Aportación del informe judicial en el proceso de divorcio
- 9 PREGUNTAS FRECUENTES – LIQUIDACIÓN SOCIEDAD DE GANANCIALES
- 9.1 ¿CUÁNDO NECESITO APORTAR LA TASACIÓN EN MI PROCESO DE DIVORCIO?
- 9.2 TENGO UNA TASACIÓN PREVIA DE MI VIVIENDA CUANDO LA COMPRÉ HACE 5 AÑOS, ¿SE PUEDE APORTAR AL PROCESO?
- 9.3 ¿TRAS LA SENTENCIA DE DIVORCIO SE REPARTEN AUTOMÁTICAMENTE LOS BIENES GANANCIALES?
- 9.4 ¿LA SENTENCIA DE DIVOCRIO QUÉ EFECTOS PRODUCE EN LA LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES?
- 9.5 ¿CUÁL ES EL MOMENTO EN EL QUE SE PROCEDE A LA REPARTICIÓN DE LOS BIENES GANANCIALES TRAS EL DIVORCIO?
- 10 ¿Qué opinan nuestros clientes de RT Valoraciones?
PREGUNTAS FRECUENTES – LIQUIDACIÓN SOCIEDAD DE GANANCIALES
¿CUÁNDO NECESITO APORTAR LA TASACIÓN EN MI PROCESO DE DIVORCIO?
Cuanto antes, ya que el informe de tasación es una parte muy importante del proceso, tanto si hay acuerdo como si no lo hay, para conocer el valor de los bienes.
TENGO UNA TASACIÓN PREVIA DE MI VIVIENDA CUANDO LA COMPRÉ HACE 5 AÑOS, ¿SE PUEDE APORTAR AL PROCESO?
No es válida, para la liquidación de gananciales de una vivienda familiar se tiene que aportar una tasación con el valor actual de los bienes.
¿TRAS LA SENTENCIA DE DIVORCIO SE REPARTEN AUTOMÁTICAMENTE LOS BIENES GANANCIALES?
No, para su partición y reparto es indispensable iniciar el proceso de liquidación de gananciales.
¿LA SENTENCIA DE DIVOCRIO QUÉ EFECTOS PRODUCE EN LA LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES?
En la liquidación no produce efectos, pero una vez que hay sentencia, se produce la disolución del matrimonio, y con ello la disolución de la sociedad de gananciales.
¿CUÁL ES EL MOMENTO EN EL QUE SE PROCEDE A LA REPARTICIÓN DE LOS BIENES GANANCIALES TRAS EL DIVORCIO?
Los bienes gananciales se reparten en la última fase de la liquidación de la sociedad, tras el inventario, la valoración, y el pago de deudas.
¿Qué opinan nuestros clientes de RT Valoraciones?
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El hecho de que no introduzcas los datos de carácter personal que aparecen en el formulario como obligatorios podrá tener como consecuencia que no pueda atender tu solicitud.
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